De cliente a consumidor

 

Verónica Rivière, directora general GasINDUSTRIAL

 

Hace cuatro años, en diciembre de 2015, se realizó la primera transacción en Mibgas. La creación del mercado organizado de gas supuso un cambio para el consumidor industrial que pasó de no tener información ni precios transparentes a contar con cotización de los precios spot del gas. Desde hace dos años, con la creación de Mibgas Derivatives, además del precio diario o del mes disponemos de precios a futuros. Y, recientemente, ya cotizan productos de GNL en plantas de regasificación.

Todo ello ha supuesto entrar en un tiempo nuevo que requerirá que los industriales se adapten a formas y esquemas diferentes a la hora de gestionar la energía que su industria necesita. Ya pasó en el mercado eléctrico, de negociar en diciembre el contrato para el año siguiente a precio fijo, se fue a una gestión activa del contrato y una gestión del riesgo.

 

El coste del gas en España es muy superior al coste en otros países europeos con los que los industriales competimos cada día Eso afecta de lleno a nuestra competitividad y por ellos debemos luchar por que ese diferencial disminuya.

 

A finales de julio pasado se publicó, para trámite de audiencia, el borrador de la Propuesta de la CNMC que establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural, aún sin aprobar. La propuesta anuncia cambios en la metodología y en la estructura, se eliminan los escalones de presión y las tarifas a aplicar se han dividido en función del consumo, no realizando ningún tipo de distinción en cuanto a la presión del punto de conexión. Entre otros cambios propuestos está la eliminación de la metodología del 0,85 – 1,05 para defectos o excesos respecto a la capacidad diaria contratada. Actualmente, un exceso diario penaliza el mes completo. Con la nueva propuesta, en el caso de exceso, se genera automáticamente un contrato de capacidad de duración diaria (o intradiaria, en los casos en que el contrato original fuera de esta naturaleza), cuyo valor contratado se establece en la diferencia entre el Qd real y el Qd contratado. El valor que arroje este contrato se quintuplica y se factura al consumidor. En caso de avisar al comercializador con antelación, se evitará la penalización por cinco; una optimización de la Qd o bien una gestión activa será imprescindible.

 

 

También si se cumple la previsión de la CNMC, los peajes bajarán. Los valores de los peajes se han establecido comenzando en 2020 y finalizando en 2026, en base a la retribución establecida en las circulares correspondientes de retribución, publicadas en julio. Los valores son decrecientes año tras año, ya que siguen el ajuste de lo publicado en las mencionadas Circulares. Estos valores nunca se han actualizado a la baja. Ha llegado el momento del cambio.

Otro tema novedoso de la propuesta es que se diferencia el punto de entrada del gas al sistema. El peaje será diferente si el gas que nos suministran proviene de conexión internacional o de una planta regasificadora, por lo que es más que posible que esta sea una cuestión adicional a tener en cuenta en la negociación del contrato.

 

Gestionar la compra de gas será de ahora en adelante una acción más compleja que requerirá un mayor conocimiento, información, atención y recursos. Pero los objetivos bien lo merecen porque los industriales podrán optimizar su gestión energética y alcanzar unos resultados económicos más competitivos.

 

En el Real Decreto-ley 1/2019 –Adecuación competencias CNMC, disposición final tercera–, expone en el punto 1: “ Antes del 1 de enero de 2020 el Gobierno, a propuesta del titular del Ministerio para la Transición Ecológica, previo informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, y previo Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, aprobará mediante real decreto las metodologías de cálculo de los cargos que cubrirán los costes del sistema eléctrico y del sistema gasista. Asimismo, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia aprobará antes del 1 de enero de 2020, previa adopción, en su caso, de las correspondientes orientaciones de política energética, las circulares normativas con las metodologías para el cálculo de los cánones y peajes de acceso a las redes, así como las retribuciones afectas a las actividades reguladas de los sectores de electricidad y de gas.” Según el calendario del Ministerio y la CNMC, la fecha prevista es el 31 de diciembre de este año.

 

 

Nuestros asociados pueden conocer con detalle y en exclusiva los cambios que proponen estas circulares en el Webinar que organizamos el próximo 29 de octubre.

 

Verónica Rivière, directora general GasINDUSTRIAL